AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 18/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 18/2024

Fecha: 15-Mar-2024

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.5. Actos procesales relevantes

I.5.1. De fs. 4 a 7 de obrados, cursa segundo Testimonio N° 197/2006 de 18 de noviembre de 2006, a través del cual mediante documento privado reconocido de 16 de noviembre de 2006, se transfirió un predio agrario, ubicado en la comunidad Carachipampa, cantón Chulchucani, provincia Tomas Frías del departamento de Potosí, con una extensión de 19.4000 ha, inscrito en la Oficina de DD.RR. en el Folio Real con Matricula Computarizada 5.01.1.04.000823, efectuado por Renato Mamani Ruiz y Juana, Leandro y Juan, todos Mamani Julián a favor de Marcelino Choquehuanca Ibarra, por el precio convenido de Bs.2.000.-(dos mil bolivianos).

I.5.2. De fs. 13 y 14 de obrados, cursa plano de propiedad y certificado de emisión de título ejecutorial a favor de Dionicio Mamani Orcko -padre fallecido del demandante- sobre un predio de 19.400 ha, ubicado en la comunidad Carachipampa, cantón Chulchucani, provincia Tomas Frías del departamento de Potosí.

I.5.3. De fs. 25 a 27 vta. cursa demanda de “nulidad de documento” de transferencia de un predio rural por causa y motivo ilícito, interpuesto por Leandro Mamani Julián contra Marcelino Choquehuanca Ibarra.

I.5.4. De fs. 58 a 60 vta. cursa contestación negativa a la demanda efectuada por Marcelino Choquehuanca Ibarra, señalando que previo al contrato de compra y venta se debatió y se definió el predio a transferirse, el documento se firmó en presencia de un profesional abogado y luego se acudió ante un notario de fe pública para el reconocimiento de firmas y los actos protocolares correspondientes.

I.5.5. De fs. 1171 a 180, cursa Acta de Audiencia Pública de Juicio Oral de 4 de septiembre de 2023, donde se fijó el objeto de la prueba para las partes, se recibió la prueba de confesión provocada al demandado y la prueba testifical de cargo.

I.5.6. De fs. 189 a 192, cursa Acta de Audiencia Pública de Inspección Judicial y continuación de recepción de las declaraciones de las pruebas testificales de cargo.

I.5.7. De fs. 298 a 314 vta. de obrados, cursa Sentencia N° 9/2023 de 28 de noviembre, mediante el cual el Juez Agroambiental de Potosí, declaró improbada la demanda de “nulidad de documento” interpuesta por Leandro Mamani Julián en contra de Marcelino Choquehuanca Ibarra.