Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en merito a la potestad conferida en el art. 189- 1 de la CPE en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce y de acuerdo 87-IV de la L. N° 1715; CASA parcialmente la Sentencia N° 04/2016 cursante de fs. 479 a 497 vta. de obrados, disponiendo se declare PROBADA la demanda de acción reivindicatoria, con relación a los co demandados Sabino Contreras Cardozo, Simeón Rueda, Fausto Rueda Artundagas y Juan Benitez Contreras Cardozo, manteniéndose subsistente la sentencia impugnada respecto del mejor derecho propietario y lo resuelto con relación al co demandando Calixto Narváez, debiendo procederse al desalojo de los demandados en ejecución de sentencia debiendo otorgárseles un plazo prudente para el retiro de sus mejoras.
Respecto al recurso de casación interpuesto a fs. 526 a 529 y vta de obrados, se declara INFUNDADO en mérito al 87-IV de la L. N° 1715 modificada por la L. N° 3545 y lo dispuesto por el art. 220 -II de la ley 439.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco. Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo. Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.
