Encabezado
Auto Nº: 38/2015 (a fs.97 de obrados)
Expediente Nº: 04/2015-SAN BORJA
Proceso: DEMANDA RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RÚBRICAS
Demandante: JORGE PABLO MIRANDA RIVEROS---------------------
Demandados: GARY SUBIRANA CABRERA Y CARLOS USBIRANA CABRERA-----------------------------------------------------------
A, 08 de junio del 2015
VISTOS.- Los antecedentes del presente trámite, de cuya revisión se constata que a fs. 11 y 22 de obrados los Sres. Carlos Subirana Cabrera y Gary Subirana Cabrera negaron ser suyas las firmas estampadas en el documento de s. 03 y vuelta de obrados, razón por la cual en la vía incidental, se instruyó la realización de una pericia a objeto de determinar la autenticidad o falsedad, trabajo que tuvo como resultado el informe que cursa de fs. 49 a 58 de obrados en el que se concluye que la rferida firma corresponden a los Sres. Gary Subirana Cabrera y Carlos Subirana Cabrera, el que puesto en conocimiento del mismo a fs. 61 y 95 no realizaron ninguna observación hasta la fecha, en cuya virtud y aplicando la previsión del art. 319-2 inc e del CPC, se declara la AUTENTICIDAD de las firmas de los Sres. Carlos Subirana Cabrera y Gary Subirana Cabrera en el documento de fs. 03 de obrados (CONTRATO PRIVADO DE VENTA DE GANADO VACUNO) de fecha 15 de junio del 2012, con costas a su cargo. REGISTRESE.- Providenciando el memorial de fs. 78 con carácter previo adjunte la documentación que respalda la recusación interpuesta contra mi persona. Otrosí 1.- Señale domicilio en la ciudad de San Borja conforme lo establece el art. 72 del Nuevo CPC líbrese por secretaria exhorto suplicatorio encomendando su ejecución y cumplimiento al Juzgado Agroambiental de la ciudad de trinidad para su legal notificación con el presente auto al demandado GARY SUBIRANA CABRERA a efectos de que tome conocimiento.Otrosí 2.- Se tiene presente Otrosí 3.- No se adjunta la prueba documental mencionada.--------------------------------------------------------------------------------------
Fdo. y Sellado. - Dra. Jackeline Ruiz Suarez JUEZ AGROAMBIENTAL DE SAN BORJA, BENI, BOLIVIA. - Ante mi.- Dra. Dunia Paola Nogales Honor SECRETARIA DEL JUZGADO AGROAMBIENTAL PROV. BALLIVIAN SAN BORJA BENI.-----------------------
AUTO NACIONAL AGROAMBIENTAL S2ª Nº 052/2015
Expediente: Nº 1605-RCN-2015
Proceso: Medida Preparatoria de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas
Demandante: Jorge Pablo Miranda Riveros
Demandados: Gary Subirana Cabrera y Carlos Subirana Cabrera.
Distrito: Beni
Asiento Judicial: San Borja
Fecha: Sucre, 08 de septiembre de 2015
Magistrado Relator: Bernardo Huarachi Tola
VISTOS: El recurso de casación de fs. 111 a 112, interpuesto por Gary Subirana Cabrera y Carlos Subirana Cabrera, contra el Auto de 08 de junio de 2015 de fs. 97, dictado por la Juez Agroambiental de San Borja, dentro la medida preparatoria de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas, seguido por Jorge Pablo Miranda Riveros, contra los recurrentes contestación de fs. 115 a 117, el auto de fs. 118, todo lo que convino ver y:
