Auto Definitivo N° 24/2023 de 20 de octubre de 2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Definitivo N° 24/2023 de 20 de octubre de 2023

Fecha: 20-Oct-2023

FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental

El recurso de casación se asemeja a una demanda nueva de puro Derecho. Si bien el recurso de casación en materia civil, está sujeta al cumplimiento de requisitos esenciales específicamente determinados por ley, esto no ocurre en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia y los derechos involucrados, como son la propiedad agraria, actividad agraria y pecuaria vinculados a la tierra, territorio y medio ambiente, que han permitido realizar flexibilizaciones para la admisión del recurso de casación.

En efecto, el Tribunal Agroambiental, en su jurisprudencia con el estándar más alto de protección en resguardo del derecho de acceso amplio a la justicia agroambiental, ha entendido que el incumplimiento de requisitos en la interposición del recurso de casación adoleciendo de "técnica recursiva" no impiden el análisis de fondo, en observancia del principio pro actione (acceso a la jurisdicción agroambiental en sentido amplio, sin obstáculos y restricciones formales, contenido en el art. 115 de la Constitución Política del Estado) y el principio pro persona o pro homine. Esto supone que el Tribunal Agroambiental, debe ingresar al fondo del análisis. Así lo han entendido el AAP S2a Nº 0055/2019 de 15 de agosto, el AAP S2a Nº 90/2019 de 5 de diciembre y el AAP S2a Nº 0013/2019 de 12 de abril, entre otros Autos Agroambientales Plurinacionales.