Proceso: Demanda de Desalojo por Avasallamiento de Tierras
Tribunal Agroambiental Bolivia

Proceso: Demanda de Desalojo por Avasallamiento de Tierras

Fecha: 30-Oct-2016

Considerando 2

CONSIDERANDO: Que, instalada la Audiencia de Inspección Judicial en el predio objeto de avasallamiento, la demandada Diana Justiniano de Kishi no se encontró presente, pero se encontraba presente su Abogado defensor Dr. Luis Cuellar Aguirre, estuvieron presentes los demandantes Yandira Romero Zabala y Norimitsu Kishi Yamaguchi con su Abog. patrocinante, quien paso a ratificar su demanda principal de desalojo por avasallamiento y fundamento con citas de derechos relativas al caso de autos, como también el Abogado de la parte demandada paso a exponer fundamentos jurídicos a enervar el planteamiento de la demanda de desalojo por avasallamiento como la doble titularidad del predio en litis, argumentando que no existe avasallamiento porque los esposos MASANORI KISHI YAMAGUCHI y DIANA JUSTINIANO DE KISHI siempre fueron propietarios de la parcela objeto de litis, aportando certificados alodiales al respecto e incidentar sobre la diligencia de notificación que fue antes de las 24 hrs. que dice la ley, pero asume defensa como abogado de la demandada Diana Justiniano de Kishi quien está ausente por motivos que no llegan a aclarar en derecho.

QUE , posterior a las fundamentaciones de los abogados, se cedió la palabra a la demandante Yandira Romero Zabala quien a tiempo de ratificar la demanda accedió a una posible conciliación con la parte demandada, en relación al esposo de la demandada Masanori Kishi Yamaguchi al tener dificultad para comunicarse por traducción de su hijo se le insto a un acercamiento para ver si hay conciliación.

QUE, procediéndose a inspeccionar el terreno objeto de litis, verificando la existencia efectiva de una construcción de material en descuido ,bastante deteriorada, cuyas calaminas se encuentran rotas y la pared de ladrillos enlodado, se verifica la reciente intromisión de la demandada Diana Justiniano de Kishi y otros , ya que a simple vista no cuantifica enseres propias del lugar, a mas de demostrar precariedad en la estadía en la parcela objeto de litis .

QUE con relación a las mejoras introducidas, como el arado de toda la propiedad por declaraciones se llega a informar que terceras personas trabajan que son inquilinos y quien les había arrendado seria la demandada Diana Justiniano de Kishi .

QUE realizada la inspección, haciendo referencia a la inasistencia de la demandada Diana Justiniano de Kishi , con la aportación de Certificados Médicos y la demostración de la deteriorada salud de los hnos. Kishi Yamaguchi se señalo para lectura de Sentencia a Hrs. 17:30 pm del Miércoles 09 de Noviembre de 2016 , quedando las partes autocitadas y autonotificadas a este acto procesal