Proceso: Demanda de Desalojo por Avasallamiento de Tierras
Fecha: 30-Oct-2016
Hechos No Probados De La Demandada Diana Justiniano De Kishi
II.- HECHOS NO PROBADOS DE LA DEMANDADA DIANA JUSTINIANO DE KISHI
Que, si bien se dilucido el presente proceso, la audiencia de Inspección Judicial , mismo señalamiento que corrido en traslado a Fs.264 siendo citada de forma personal la demandada DIANA JUSTINIANO DE KISHI en concepto del Juzgador, al encontrar a los dependientes de la demandada en la precaria casa de material con techos de calaminas derruidas y por las declaraciones coincidentes y uniforme de los demandantes, la exposición de Abogado patrocínante, se puede apreciar que la mismas son coincidentes en cuanto al avasallamiento, prueba que se la constituye en testifical de cargo que tiene la eficacia probatoria que le asigna el Art.1330 del Cód. Civil y que corrobora plenamente lo observado y verificado por este Tribunal de Justicia Agroambiental según el Acta de Inspección Judicial Ocular de Fs.327 a Fs. 343 , con las fotografías adjuntas a Fs.- 322 a 326 de obrados reproducidas en audiencia pública situación fáctica que también es coincidente con todas las actuaciones procesales referidas por los demandantes, por el lugar objeto de litis, por la propiedad y posesión .
Que si bien la demandada se ha traslado a vivir de manera precaria y su intromisión es de reciente data - SE LO HA CONSTATADO DE VISU EN LA INSPECCION REFERIDA Y a ello están las fotografías reproducidas de Fs. 322 a 326 - NO HAN PROBADO LOS EXTREMOS ESENCIALES DE SU DEFENSA, QUE SI BIEN HA OBTENIDO TITULOS DE PROPIEDAD ANTERIORES POR DATOS DE LOS DEMANDANTES - NO LE DAN EL DERECHO DE ABUSAR EN MERITO A ELLO --, ya que de la aportación de sus Alodiales de Fs.277 señala la Matricula Computarizada No.-7.04.2.01.0003388 de una parcela de 50.0000 ha. , misma que se encontraría en la Provincia Ichilo , Sección Segunda Canton San Carlos y la del Alodial de FS. 279 señala la Matricula Computarizada No.- 7.04.2.01.0004509 de una parcela de 50.0000 ha., misma que se encontraría en la Provincia Ichilo , Sección Segunda Canton San Carlos NO COINCIDE CON LA DEMANDADA POR LOS SRES. YANDIRA ROMERO ZABALA Y NORIMITSU KISHI YAMAGUCHI QUE SE ENCONTRARIA EN LA CUARTA SECCION MUNICIPAL DE LA PROVINCIA ICHILO COLONIA JAPONESA SAN JUAN , OTB , UNIDAD VECINAL BARRIO YAMATO PARCELA 039 DE 48.8468 Ha. , resultando a simple vista la defensa con la aportación de pruebas por parte de la demandada Diana Justiniano de Kishi fuera de contexto jurídico legal