De La Prueba De Cargo
I.- DE LA PRUEBA DE CARGO.
PRUEBA DOCUMENTAL.
1.Documento privado de transferencia (a fs.1 y 2) de fecha 21 de octubre de 2013, reconocido en la misma fecha, suscrito entre Luis Bernardo Vargas Vaca como vendedor y Leonardo Medrano Peralta como comprador sobre un tractor marca Valtra, modelo BH145-4, serie H145217951, motor EU83159.
2.Registro de maquinaria de fecha 26 de febrero de 2015 (a fs. 4) a cargo de la Dirección del Servicio Departamental Agropecuario y de sanidad e Inocuidad Agropecuaria de Santa Cruz, el cual certifica que Leonardo Medrano Peralta, tiene registrado la siguiente Maquinaria agrícola; tractor marca Valtra, modelo BH145-4, serie H145217951, chasis 000145P08M000097.
3.Documento de fecha 20 de febrero de 2015 que es complementario al documento de fecha 21 de octubre de 2013 (a fs. 5 y 6). Suscrito entre Luis Bernardo Vargas Vaca en representación de la Empresa Trac 21 y Leonardo Medrano Paralta por la venta de una tractor marca Valtra BH145-4, motor EU83159, serie H145217951, motor EU83159.
4.Recibo por pago de mano de obra, transporte y repuestos, de fecha 14 de noviembre de 2014, suscrito por Leonardo Medrano Peralta, que por no especificar de la maquinaria de la que se trata, no se considera para su valoración.
5.Certificado de deuda de fecha 27 de noviembre del año 2008 (a fs. 8) extendido por la empresa TRAC 21 S.R.L, por el cual Leonardo Medrano Peralta tiene una deuda por la compra al crédito de maquinaria agrícola, consistente en un tractor agrícola, marca Valtra, modelo BH145 4x4, motor EU83159, serie H145217951, reportando una deuda comercial con la Empresa TRAC 21 S.R.L, de cuarenta mil doscientos dólares americanos por tres letras de cambio con vencimiento de la última letra al 17 de agosto de 2011.
6.Nota de servicio técnico de la Empresa TRAC 21 S.R.L, de fecha 12 de septiembre de 2014 (a fs. 10) firmando como cliente Leonardo Medrano Peralta, en donde se evidencia trabajos de mantenimiento al tractor modelo BH145, motor EU83159, que por corresponder al modelo y número de motor, corresponde al tractor motivo de contrato de fecha 04 de diciembre de 2012.
7.Nota de servicio técnico de la Empresa TRAC 21 S.R.L, de fecha 14 de noviembre de 2014 (a fs. 11) firmando como cliente Leonardo Medrano Peralta, en donde se evidencia trabajos de mantenimiento al tractor modelo BH145, motor EU83159, serie H145217951.
8.Certificado de la Empresa TRAC 21 S.R.L de fecha 22 de octubre del 2015 (a fs. 12 y 13), el cual certifica en el punto 2, que Wilman Medrano Peralta, solicito en fecha 03 de Diciembre de 2012, que se certifique si el tractor marca Valtra modelo BH145-4, serie: H145217951, motor: EU83159, chasis: 0001454P08M000097, había sido cancelado, extendiéndose certificado en fecha 03 de diciembre de 2012; en el punto 3, certifica que Leonardo Medrano Peralta solicito mantenimiento del tractor VALTRA, modelo BH145-4, serie: H145217951, motor EU83159, chasis 0001454P09M000097, color amarillo a las 100 horas y 500 horas; así mismo certifica en el punto 4, que el valor del tractor Valtra, modelo BH145-4, serie: H145217951, motor EU83159, chasis 0001454P09M000097 que fuera vendido fue de $us. 65.200 (sesenta y cinco mil doscientos 00/100 dólares americanos).
9.Notas de mantenimientos de un tractor BH 145 de Leonardo Medrano de fecha 23 de octubre de 2015 (a fs. 14 a 18), que por los datos insuficientes no es posible precisar que se trate del tractor objeto de transferencia, que es motivo de nulidad, solo haciendo referencia al modelo BH145 y otros no hacen referencia al modelo, no considerándose.
10.Documento de transferencia en fotocopia legalizada (a fs. 251 y 252) sobre un tractor marca Valtra, modelo BH145-4, serie H145217951, motor EU83159, suscrito entre Leonardo Medrano Peralta como vendedor y Wilman Medrano Peralta como comprador, por un precio de ochenta mil dólares americanos, de fecha 04 de diciembre de 2012, con reconocimiento de firmas en la misma fecha.
11.Documento de transferencia en fotocopia legalizada (a fs. 301 y 302) sobre un tractor marca Valtra, modelo B M110-4, serie M110229406, motor EU90630, con póliza de importación N°C-31009 de fecha 26 de noviembre de 2008, suscrito entre Richard Henrry Medrano Peralta como vendedor y Wilman Medrano Peralta como comprador, por un precio de setenta mil dólares americanos, de fecha 04 de diciembre de 2012, con reconocimiento de firmas en la misma fecha.
12.Documento de transferencia en fotocopia legalizada (a fs. 313 y 314) sobre un tractor marca Valtra, modelo BH110 4x4, serie BM114519681, motor 420DSR83530, con póliza de importación N°C-8543 de fecha 04 de agosto de 2005, suscrito entre Richard Henrry Medrano Peralta como vendedor y Wilman Medrano Peralta como comprador, por un precio de cuarenta mil dólares americanos, de fecha 04 de diciembre de 2012, con reconocimiento de firmas en la misma fecha.
CONFESION PROVOCADA:
De la confesión provocada a Wilman Medrano Peralta (a fs. 201 a 202 vuelta), manifiesta que, Leonardo Medrano Peralta manejaba el tractor cuando trabajaban en familia en la hacienda el Chaparral de propiedad de su padre y madre y que en una fecha Leonardo Medrano Peralta saco el tractor de la propiedad de mi padre, manifiesta Wilman Medrano que canceló los 80.000 dólares a pedido de su señor padre y que el precio de ochenta mil se debe al convenio que habían tenido su padre con Leonardo Medrano Peralta y que la plata se la dio su padre para hacer efectiva la cancelación, que no averiguó cuanto costaba un tractor porque el que hace el trato es su padre y que todos los recursos que gasta en la compra de algunos bienes es todo de su padre, que no lo registró en el SEDAG el tractor que compro de Leonardo Medrano, porque no tenía la póliza del tractor y con relación a otros bienes, algunos los tengo registrado otros no, porque dependo de la orden de mi padre para registrarlos, que yo se lo administro una parte del dinero de su padre y otra parte maneja el (su padre) y no puede decir donde guarda el dinero su padre por seguridad, confirmando que, todos los recursos que gasta en la compra de algunos bienes son exclusivamente de su señor padre que yo lo que hago es solo administrarlos y que el documento que se sostuvo fue de mutuo acuerdo previo consentimiento de mi padre, indicando Wilman Medrano que tiene 4 tractores; son 2 de 145 y 2 de 110, sembrando 300 Has., y en los demás bajo contratos que tiene, teniendo un consumo de diesel de 25.000 litros por año y en siembra 20.000 litros aproximadamente, siendo la compra autorizada con licencia, que los requisitos para la licencia es ser dueño de la tierra y de la maquinaria y que ha tramitado la certificación de fojas 126 de obrados, no recordando que haya presentado la documentación del tractor que compro de Leonardo Medrano Peralta.
PRUEBA TESTIFICAL
De las declaraciones del testigo de cargo Carlos Flores Osinaga (a fs. 199 y 200) señala que, Leonardo Medrano Peralta se dedica a la agricultura y ganadería, también conoce a Wilman Medrano Peralta no sabiendo a que se dedica, señalando que el tractor cree que le pertenece a Leonardo Medrano Peralta porque siempre lo ha visto en su poder e incluso le ha solicitado trabajo para la siembra y él se lo ha hecho, indica que, Leonardo Medrano Peralta termino de pagar el precio del tractor, constándole por que vio que hizo el depósito en caja de la empresa, ubicada en el segundo anillo y avenida Banzer, que sabe del precio del tractor por haberle llevado además en otras oportunidades a Leonardo Medrano Peralta, donde el gerente dijo que ese era el precio y que después de la venta del tractor a Wilman Medrano Peralta por parte de Leonardo Medrano Peralta, el tracto ha estado en manos de Leonardo Medrano Peralta, señalando que la temporada de siembra en la zona es a principio de cada año y todos siembran, que siempre los ha visto trabajando juntos a todos, he incluso desde mas antes ,hasta el 2013 que se independizó Leonardo Medrano Peralta.
De la declaración del testigo de cargo Reyder Barrientos Cáceres , (a fs. 234) manifiesta que desconoce del conflicto al no saber nada, prescindiéndose de su declaración por no aportar en nada al presente proceso.
Con relación al testigo de cargo, Luis Bernardo Vargas Vaca, (a fs. 297 y 298) el mismo no aporta con elementos que conduzcan a demostrar el objeto de la prueba no considerándose.
