1.5 3. A fojas 56, corre el Título Ejecutorial No. 719447 a nombre de Prudencia M. Vda. de Ramos como propietaria del predio "Tolomosita Zona San Isidro" de fecha 14 de abril de 1986.
1.5.3. A fojas 56, corre el Título Ejecutorial No. 719447 a nombre de Prudencia M. Vda. de Ramos como propietaria del predio "Tolomosita Zona San Isidro" de fecha 14 de abril de 1986.
I.5.4. De fojas 58 a 60 vta., cursa Testimonio de algunas piezas del proceso sumario posesorio seguido por Tomás Ramos y Prudencia Meriles de Ramos.
I.5.5. De fojas 62 a 68, corre el Testimonio de las principales piezas del proceso voluntario de Declaratoria de Herederos seguido por Delicia, Isabel Priscilia, Román Gines, Eloy y Aristo Ramos Meriles al fallecimiento de la señora Prudencia Meriles Ortiz.
I.5.6. De fojas 110 a 112, corre la declaración de los testigos de descargo identificados como: Eliberto Rueda Tapia, Alejandro Felix Gerónimo Guzmán y Facundo Huanca; de manera uniforme declaran que la demandada señora Delicia Ramos Meriles se encuentra en posesión del bien objeto de litigio; es más, el último de los testigos indica que la mencionada señora sería la propietaria del terreno.
I.5.7. De fojas 113 a 118 del expediente, cursa el Informe Técnico elaborado por el Agr. Amael Padilla Barrientos como Técnico del Juzgado Agroambiental de Tarija, a manera de conclusión hace saber, que los accionados Delicia Ramos Meriles y Felix Orlando Baldiviezo Arroyo, se encuentran en posesión actual de la parcela 151 en su integridad que tiene una superficie de 0.0445 ha, efectuando siembra de maíz, cebolla, repollo y otros en pequeñas áreas y plantas de cítricos y durazno; informe que además en Audiencia Pública de 01 de febrero de 2021 fue puesto a conocimiento de las partes, quienes no efectuaron ninguna observación, manifestando su conformidad.
I.5.8. Conforme a la previsión contenida en el artículo 5 - I - 3) de la Ley N° 477 Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, se ha llevado a cabo como una de las actividades procesales, la inspección judicial al terreno objeto de litigio, donde se ha constatado que existe actividad agrícola y que los accionados indicaron que fueron ellos quienes sembraron (fs. 109).
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- 1.5 1. A fs. 5 cursa Título Ejecutorial PPD-NAL-869691 con No de expediente I-35610, expedido el 14 de diciembre de 2018, a favor de Tatiana Georgina Martínez Maldonado, en base a la Resolución Suprema No. 21823 de 10 de agosto de 2017, clasificada como pequeña propiedad agrícola, predio denominado "Comunidad Campesina Tolomosita Centro Parcela 151", con una superficie de 0.0445 ha hectáreas, titulada por adjudicación, ubicada en el Departamento de Tarija, provincia Cercado, Municipio Tarija. Asimismo, copia legalizada de Plano Catastral de ubicación 060101131151 y copia legalizada de inscripción en el Registro de Derechos Reales, bajo la matrícula No. 6.01.0.10.0011150, Asiento A-1 (fojas 7).
- 1.5 3. A fojas 56, corre el Título Ejecutorial No. 719447 a nombre de Prudencia M. Vda. de Ramos como propietaria del predio "Tolomosita Zona San Isidro" de fecha 14 de abril de 1986.
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. El proceso de desalojo por avasallamiento en el marco de la Ley No 477 de 30 de diciembre de 2013 (Ley No 477)
- FJ.II.2. 2. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras
- FJ.II.3. El caso concreto
- Por Tanto 1
