Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación
Por memorial cursante de fs. 191 a 207 de obrados, Oscar Olegario Pari Mamani -demandante del proceso de desalojo por avasallamiento- respondió al recurso de casación y solicitó se declare improbada la demanda, por no fundar su pretensión en derecho y se ratifique la sentencia recurrida, con los siguientes argumentos, que inician recién desde fs. 196 vta:
1) La Sentencia Agroambiental No. 012/2021 de 21 de mayo, cumple con la debida motivación y congruencia, porque se hace una valoración ponderada de la prueba presentada bajo el principio de la sana crítica, cumpliendo con los principios de legalidad, legitimidad y verdad material; citando extractos largos de jurisprudencia constitucional. Asimismo, copia in extenso toda la sentencia recurrida.
2) La parte demandada, fuera de plazo y de manera desordenada en el Acto de Inspección Judicial pretendió hacer valer pruebas que no fueron presentadas de manera formal y en su mayoría en fotocopias simples, no cumpliendo con lo dispuesto en el art. 1311 del Código Civil. La autoridad judicial observó sus derechos a la defensa y debido proceso, sin embargo, la parte no observó el procedimiento previsto en la Ley No. 477, pretendiendo que se valore su prueba recién presentada ante el "Tribunal Supremo" de manera oficiosa o ultra petita, que en su momento debió hacerse valer.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- 1.5 1. A fs. 2 y 7 cursa Título Ejecutorial Individual No PPD-NAL-1011744 de 14 de noviembre de 2019 y Certificado de emisión de Título Ejecutorial, del predio denominado "Sindicato Agrario de Yaurichambi, Parcela 0857", ubicado en el municipio de Batallas, provincia Los Andes del departamento de La Paz, con una superficie de 0.7883 ha, cuyo titular es Oscar Olegario Pari Mamani -demandante del proceso de desalojo de avasallamiento- clasificado como pequeña propiedad ganadera; derecho propietario inscrito en el Registro de Derechos Reales, en el Folio Real actualizado de la Matrícula Computarizada No 2.12.0.30.0010524 (fs. 3 y 8).
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. 1. Naturaleza jurídica y finalidad
- FJ.II.2. 2. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras
- FJ.II.3. El caso concreto
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2
