Antecedentes Procesales: Argumentación de la contestación al recurso de casación
I.3. Argumentación de la contestación al recurso de casación
Por memorial cursante de fs. 238 a 239 vta. de obrados, René Soto Medina, responde al recurso de casación, solicitando de conformidad al art. 87.IV de la Ley Nº 1715, se declare improcedente el mismo, bajo los siguientes argumentos:
I.3.1. Haciendo mención a los antecedentes del proceso instaurado, indica que la parcela en litigio, ya se encontraría con Resolución Final de Saneamiento y a la espera del Título Ejecutorial y que el demandado al verse perdido, ha presentado una "apelación" infundada, la cual es dilatoria, toda vez que la enfermedad de gastritis E.D.A Nepititis, según la investigación que hubiere realizado, no sería evidente.
I.3.2. Señala que la Ley N° 387, de Abogacía, de 9 de julio de 2013, establece los principios de independencia, lealtad, fidelidad, libertad de defensa, confidencialidad y dignidad, mismas que no habría cumplido el abogado del recurrente y que no explicó a su cliente que la Sentencia N° 08/2021 de 22 de septiembre de 2021, habría quedado ejecutoriada.
I.3.3 . Que, la nulidad interpuesta no cumple con las exigencias establecidas en el art. 251.I de la Ley Adjetiva Civil y que conforme lo previsto en el art. 16.I de la Ley N° 025, está prohibido anular o retrotraer procesos en pleno desarrollo del proceso, más cuando ya existe sentencia condenatoria ejecutoriada, habiéndose respetado el principio de acceso a la justicia; por lo que conforme a derecho se rechazó el incidente opuesto, en cumplimiento del art. 343.I del Código de Procedimiento Civil.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo
- Antecedentes Procesales: Argumentación de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- 1.5 5. A fs. 218 y vta. de obrados, cursa memorial de 25 de octubre de 2021, de Incidente de nulidad de obrados, por indefensión absoluta presentado por Cristaldo Genaro Mercado García, adjuntando a fs. 216 de obrados, certificado médico con fecha 10 de octubre de 2021.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del recurso de casación
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica de la nulidad de los actos procesales
- FJ.II.3. Examen del caso concreto
- FJ.II.3. 1. Con relación a que a la parte recurrente se le habría causado indefensión absoluta, toda vez que el 21 de septiembre de 2021, debido al estado de salud, su persona no habría asistido a la audiencia señalada al efecto; por lo que, en aplicación de los arts. 105.2) y 106.2) de la Ley N° 439, interpone recurso de casación en el fondo, en contra de la Resolución de 19 de noviembre de 2021, misma que rechaza in limine el incidente de nulidad absoluta, solicitando se revoque la resolución recurrida
- Por Tanto 1
