Sentencia Agroambiental Nº 08/2023 de 29 de agosto
Fecha: 14-Nov-2023
Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
I.1. Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
Mediante Sentencia Agroambiental 08/2023 de 29 de agosto de 2023, cursante de fs. 311 a 327 de obrados, el Juez Agroambiental de Yacuiba, declaró: 1) Improbada la demanda de Reivindicación interpuesta por María Rosio Budia Rodríguez de Torrez y Williams Budia Rodríguez, contra de Daniel Alfaro Cadena y Mary Isabel Rodríguez Carvajal de Alfaro, imponiendo costos y costas a los demandantes, bajo el siguiente argumento:
Que la parte demandante, si bien acreditó el derecho de propiedad del predio “San Antonio”, empero no demostró que fue despojado, toda vez que, el portón que se alega que fue despojado, tendría una data anterior a la compra que hicieron los demandantes que fue el 23 de diciembre de 2023, además que los demandados hace dos años tendrían posesión en el área en litigio, denominado potrero 1; por último, el propio vendedor como testigo de cargo, habría manifestado que solo venían de paseo y no a trabajar; por lo cual, no se operaría la conjunción de posesión en el área en litigio, por ende, se incumplió con la carga probatoria impuesta por el art. 1283.I del Código Civil y art. 236.II.III de la Ley Nº 439.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución.
- FJ.II.2. Valoración de la prueba en la jurisdicción agroambiental.
- FJ.II.3. Jurisprudencia reiterada respecto a la nulidad procesal promovida de oficio.
- Por Tanto 1