SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 28/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 28/2023

Fecha: 27-Jul-2023

Antecedentes Procesales: Trámite Procesal

I.4. Trámite Procesal

I.4.1. Auto de Admisión

A través del Auto cursante de fs. 94 a 95 de obrados, se admite la demanda Contencioso Administrativa de referencia, para su tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, corriéndose en traslado a los demandados y disponiéndose asimismo poner en conocimiento de Terceros Interesados descritos precedentemente.

I.4.2. Réplica y dúplica

Por memoriales de fs. 187 y vta. de obrados, el demandante presenta réplica, ratificándose en los argumentos expuestos en la demanda contencioso administrativa.

Por su parte, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras; así como el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de sus apoderados, por memoriales cursantes a fs.191 y vta., 303 a 304 y 195 y vta. de obrados, respectivamente, haciendo uso del derecho a la dúplica, se ratifican íntegramente en sus memoriales de respuesta.

I.4.3. Autos para sentencia, sorteo, suspensión de plazo, prueba de oficio y reanudación de plazo para dictar sentencia.

Por providencia de fs. 357, se decreta Autos para Sentencia; posteriormente por providencia de fs. 259, se señaló fecha de sorteo del expediente, procediéndose a realizar el mismo, conforme cursa a fs. 361 de obrados; luego por Auto cursante a fs. 362 y vta. se suspendió el plazo para dictar sentencia, a objeto de contar con información por parte de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), que certifique si en los predios “San Simón”, “Nuevo San Simón” y “Las Piedras”, se identifican desmontes realizados sin autorización y realice contraste con el Informe Técnico INF/VT/DGT/UST/135/2021; posteriormente, por Auto de fs. 450 a 451, se dejó sin efecto el señalamiento y acto de sorteo del expediente, disponiéndose nuevo sorteo entre los actuales Magistrados que componen esta Sala Primera del Tribunal Agroambiental, disponiéndose que quedan subsistentes los actuados y/o informes que se hubieren producido con anterioridad; procediéndose luego mediante providencia de fs. 461 a señalar fecha de sorteo, realizándose el mismo el 31 de enero de 2023, conforme cursa a fs. 463; posteriormente, por Auto de 16 de febrero de 2023 cursante de fs. 464 a 465 de obrados, se suspendió el plazo para dictar sentencia, a objeto de que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), certifique si en los predios “San Simón”, “Nuevo San Simón” y “Las Piedras”, se hubiese realizado o no desmontes en el período de los años 2000 al 2020 y en caso de identificar que hubo desmontes, informar si éstos contaban o no con autorización expresa, debiendo además contrastarse la información requerida con el Informe Técnico INF/VT/DGT/UST/0135/2021 elaborado por el Viceministerio de Tierras, emitiéndose el Informe Técnico ITD-DGMBT-722-2022 de 20 de diciembre de 2022, cursante de fs. 468 a 470 de obrados.  Posteriormente, ante la solicitud de aclaraciones al referido Informe Técnico por parte del Viceministerio de Tierras, la ABT, emite la Comunicación Interna CID-DGMBT-10066-2023 de 16 de mayo de 2023, cursante de fs. 507 a 509 de obrados, por el que, en lo pertinente, informa sobre desmontes sin autorización en los predios “San Simón” y “Las Piedras” en 83,7 ha y 7.5 ha., respectivamente; asimismo, no se identifica desmonte ilegal en el predio “Nuevo San Simón”.  

Por Auto de fs. 533 de obrados, se dispone el reinicio de plazo para dictar sentencia.