Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2022 de 04 de
Fecha: 31-May-2022
Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.1 de la CPE, arts. 11, 12 y 144.I inc.1 de la Ley N° 025, arts. 36.1 y 87. IV de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545, de conformidad al art. 220.IV de la Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria en la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715; en consecuencia, dispone:
1.CASAR la Sentencia N° 03/2022 de 04 de marzo de 2022, cursante de fs. 238 a 245 de obrados, pronunciado por la Juez Agroambiental de Tarija.
2.Deliberando en el fondo se declara PROBADA la demanda de Interdicto de Retener la Posesión, interpuesta por Evaristo Lucio Pérez Llanos y Maribel Vetancur contra Freddy Reyes Maigua y Miguel Ángel Reyes Soliz, sea con costos y costas, conforme prevé la disposición contenida en el art. 223.V, núm. 3) de la Ley N° 439.
3.Por haber incurrido en responsabilidad inexcusable, se impone a la Juez Agroambiental del asiento judicial de Tarija, la multa de Bs. 500.- (Quinientos bolivianos 00/100), que será descontada de sus haberes por la Unidad Administrativa y Financiera del Órgano Judicial en coordinación con la Unidad Administrativa del Tribunal Agroambiental.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo.
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Segunda
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la decisión asumida en la Sentencia N° 03/2022 de 04 de marzo de 2022 recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación, cursante de fs. 248 a 250 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- El caso concreto
- 1.- Al recurso de casación
- Por Tanto 1