Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al Recurso de Casación
I.3. Argumentos de la contestación al Recurso de Casación
La demandante Marcelina Alberto Santillán, por memorial de fs. 218 a 221 vta. de obrados, responde al Recurso de Casación, solicitando se dicte resolución declarando la improcedencia del Recurso de Casación o en caso de ser analizado en el fondo se declare infundado el mismo, bajo los siguientes argumentos:
Improcedencia del Recurso de Casación
Con el rótulo “Acusa incumplimiento del requisito establecido en el Art. 274.1 numeral 3) el CPC”, señala que, del contenido del Recurso Casación se extrae que en el punto denominado “Antecedentes Procesales” y “Fundamentos del Recurso”, los recurrentes realizan una transcripción cronológica de actos procesales sin realizar ninguna acusación al respecto, de cuyo análisis señala:
Referente a los agravios del Recurso de Casación en la forma, refiere que:
El Recurso de Casación alega vulneración de principios constitucionales como la publicidad y el acceso a la justicia en la suspensión de una audiencia, la negación de acceso al expediente, y la falta de acreditación de avasallamiento y de cumplimiento de la Función Social, así como la no recepción de declaraciones de testigos de descargo. Sin embargo, no identifica las normas procesales infringidas ni explica de manera concreta los errores cometidos por el Juez A de la causa.
Referente al Recurso de Casación en el fondo, señala que:
Los recurrentes no identificaron si el error en la valoración de la prueba documental y testifical es de hecho o de derecho, limitándose a afirmar de manera subjetiva que las pruebas presentadas acreditan su posesión legítima de las 3.0000 ha durante 21 años y que esto contradice el segundo presupuesto del avasallamiento. Sin embargo, no explican cómo el Juez de instancia omitió su valoración o en qué aspectos desvirtúan la sentencia, esto incumple con la carga argumentativa requerida para un recurso de casación, lo que hace que sea improcedente el mismo.
Acusa de infundado el Recurso de Casación, con base a los siguientes argumentos:
Respecto a la vulneración al debido proceso, al no haber dado curso a la solicitud de audiencia de inspección ocular fijada para el 10 de noviembre de 2022, refiere que no constituye una regla la suspensión de audiencias, por el contrario, la Ley N° 477, instituye el proceso de avasallamiento y tráfico de tierras como sumarísimo, estableciéndose en el art. 5, que la audiencia debe desarrollarse en el plazo de veinticuatro horas, pudiendo ampliarse por la distancia, agregando que el art. 84 de la Ley N° 1715, señala que las audiencias no se suspenden por ningún motivo, ni por la ausencia de alguna de las partes, motivo por el cual su argumento con referencia a este punto es errado.
Con relación a la acusación de negación de acceso al expediente, se argumenta que es improcedente como fundamento de un recurso de casación, ya que el manejo del expediente es responsabilidad del Secretario y no del Juez, que el art. 100.Il del CPC, establece un procedimiento para reclamar la exhibición del expediente en caso de negativa. Por otra parte, el recurrente señala que, presentó un memorial al respecto que fue respondido por la autoridad judicial (fs. 53), sin que existan mayores observaciones o recursos.
En cuanto a la falta de acreditación del avasallamiento, se argumenta que el Juez de instancia, valoró la prueba documental y testimonial de manera integral, concluyendo que los demandados incurrieron en avasallamiento al ocupar ilegalmente la superficie en cuestión. Asimismo, se señala que la propiedad forma parte de una superficie mayor sujeta solo al cumplimiento de la Función Social, no Función Económico-Social.
Sobre la no recepción de las declaraciones de testigos, argumenta que no es obligación del Juez de instancia, recibir todas las declaraciones de testigos ofrecidas, y en este caso, no se solicitó su emplazamiento, lo que respalda la decisión del juez. En relación al recurso de casación en el fondo planteado, se reiteran los argumentos y se concluye que el recurso es infundado, por lo cual solicita al Tribunal de Casación declare la improcedencia del mismo.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al Recurso de Casación
- 1.4 1. Auto de Concesión del recurso.
- 1.4 2. Decreto de Autos para Resolución.
- 1.4 3. Sorteo.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. Acerca de la trascendencia de las nulidades procesales de oficio, ante vulneración de normas de orden público, conforme lo establecido en el art. 17 de la Ley N° 025.
- FJ.II.2. 1 Naturaleza jurídica y finalidad.
- FJ.II.2. 2 Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras.
- FJ.II.3. La consideración y valoración de la prueba.
- FJ.II.4. Sobre el principio de congruencia, motivación y fundamentación en las resoluciones agroambientales.
- FJ.II.5. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
