Encabezado
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a 121/2023
Expediente:
No 5320-RCN-2023
Proceso:
Desalojo por Avasallamiento
Partes:
Marcelina Alberto Santillán, contra Lidia del Carmen Coca Salvatierra y César Calvi Coca
Recurrentes:
Lidia del Carmen Coca Salvatierra y César Calvi Coca
Resolución recurrida:
Sentencia N° 04/2023 de 22 de mayo de 2023
Distrito:
Santa Cruz
Asiento Judicial:
Propiedad:
Montero
“Sindicato Agrario Bolívar Sur Parcela 003”
Fecha:
12 de octubre de 2023
Magistrada Relatora:
Dra. Ángela Sánchez Panozo
El recurso de casación en el fondo y la forma, cursante de fs. 208 a 215 de obrados, interpuesto por Lidia del Carmen Coca Salvatierra y César Calvi Coca contra la Sentencia N° 04/2023 de 22 de mayo, cursante de fs. 190 a 200 de obrados, que resolvió declarar probada la demanda, pronunciada por el Juez Agroambiental con asiento judicial en Montero, dentro del proceso de Desalojo por Avasallamiento, interpuesto por Marcelina Alberto Santillán, contra los ahora recurrentes, Lidia del Carmen Coca Salvatierra y César Calvi Coca.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al Recurso de Casación
- 1.4 1. Auto de Concesión del recurso.
- 1.4 2. Decreto de Autos para Resolución.
- 1.4 3. Sorteo.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. Acerca de la trascendencia de las nulidades procesales de oficio, ante vulneración de normas de orden público, conforme lo establecido en el art. 17 de la Ley N° 025.
- FJ.II.2. 1 Naturaleza jurídica y finalidad.
- FJ.II.2. 2 Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras.
- FJ.II.3. La consideración y valoración de la prueba.
- FJ.II.4. Sobre el principio de congruencia, motivación y fundamentación en las resoluciones agroambientales.
- FJ.II.5. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
