- AUTO SUPREMO No. 030-Amparo Sucre, 13 de enero de 2001
- PARTES: Empresa Petrolera CHACO S.A. c/ Superintendente de Hidrocarburos
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de Amparo Constitucional a fs
- CONSIDERANDO: Que en virtud de la Declaración Constitucional Nro
- CONSIDERANDO: Que en el presente caso, con la vigencia de las disposiciones de las Resoluciones
- Se llega a esta conclusión, en mérito a que, por una parte, la autoridad recurrida
- Por lo expuesto e inviabilizado como fue el amparo por existir proceso pendiente de resolución
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 13 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
