Auto Supremo AS/0030/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2001

Fecha: 13-Ene-2001

Por lo expuesto e inviabilizado como fue el amparo por existir proceso pendiente de resolución


Por lo expuesto e inviabilizado como fue el amparo por existir proceso pendiente de resolución previsto en el art. 765-1) del Código de Procedimiento Civil, se concluye que el Amparo Constitucional no es un recurso sustitutivo de los medios que franquea la ley, conforme expresamente determina el Parágrafo IV del art. 19 de la Constitución Política del Estado y que en el presente caso ha sido correctamente aplicado por el tribunal de amparo al declarar improcedente el recurso de fs. 89-100