Auto Supremo AS/0520/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2001

Fecha: 22-Oct-2001

El procesado Marcos Martín Toledo Rojas al interponer el recurso de nulidad y casación de


El procesado Marcos Martín Toledo Rojas al interponer el recurso de nulidad y casación de fs. 832 - 834 y fs. 835 -837, confunde substancialmente las causales de nulidad contenidas en el art. 297 del Cód. Pdto. Pen., con las causales de casación previstas en el art. 298 del citado cuerpo de Leyes, para luego concluir que tiene la clara intención de invocar la revocatoria en todas sus instancias, viabilizando así la aplicación del inc. 1º) del art. 307 del Código Adjetivo Penal; forma defectuosa y carente de todo razonamiento jurídico que motive el análisis de fondo; más aún si el recurso de casación según la doctrina y la jurisprudencia se equipara a una demanda nueva de puro derecho, en la que se exige el cumplimiento de requisitos sine quanon previstos en el art. 301 del Cód. Pdto. Pen. Por su parte, la procesada Julia Huanca Villca al interponer el recurso de nulidad y casación a fs. 839 - 840, incurre en la misma irregularidad omisiva que el anterior, es decir de no señalar concretamente cuáles son los errores procesales en que han incurrido los tribunales de instancia y tampoco invocar la causal de casación en la que sustenta el recurso, limitándose a señalar la infracción del art. 51 de la Ley 1008, lo que hace improcedente el recurso planteado