Auto Supremo AS/0520/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2001

Fecha: 22-Oct-2001

Que en el caso de autos está demostrada la existencia del cuerpo del delito en


Que en el caso de autos está demostrada la existencia del cuerpo del delito en el acta de incautación de la droga de fs. 382, 383 y en los análisis de laboratorio de fs. 385 a 392 de obrados, literales que constituyen la base del juicio penal conforme determina y exige el art. 133 del Cód. Pdto.Pen. Por lo expuesto y fundamentado, los tribunales inferiores han calificado la conducta de los procesados en forma adecuada y en relación a las circunstancias y gravedad de los hechos que están justificados plenamente, imponiendo las penas dentro de los límites fijados por los arts. 37, 38 y 40 del Cód. Pen., sin infringir ninguna norma sustantiva o adjetiva y menos las invocadas por el fiscal representante del Ministerio Público; en cuya virtud es de aplicación el inc. 2º) del art. 307 del Cód. Pdto. Pen