Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, en contra del procesado existe prueba plena de ser
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, en contra del procesado existe prueba plena de ser autor directo de los delitos atribuidos; prueba de ello es que los tribunales han motivado invariablemente los razonamientos en que se funda esa valoración jurídica, sin incurrir en ninguna violación de leyes sustantivas y adjetivas y menos en las que se aferra la pretensión del recurrente, lo que discurre en la necesidad de dar aplicación al inc. 2º) el art. 307 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que de la cuidadosa revisión de los datos del proceso, se tiene que la
- Que el procesado a tiempo de interponer el recurso de casación a fs
- CONSIDERANDO: Que analizados los datos del expediente, con relación a los criterios contenidos en el
- Que en el caso de autos, si bien se trata de hacer aparecer como si
- Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, en contra del procesado existe prueba plena de ser
- Por último, en cuanto a las nulidades invocadas por el recurrente, ninguna es atendible, al
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- 1
