CONSIDERANDO: Que analizadas las circunstancias y elementos del proceso, en sujeción a los límites contenidos
CONSIDERANDO: Que analizadas las circunstancias y elementos del proceso, en sujeción a los límites contenidos en el art. 135 del Cód. Pdto. Pen., se establece que la Corte ad quem ha reconocido en relación a la valoración de conjunto de las pruebas producidas en la fase del debate, que la procesada Wilma Amparo Plata Arnez ha cometido el delito de sedición, incurso en la sanción del art. 123 del Cód. Pen.; por cuanto en fecha 10 de febrero de 1999, aproximadamente a horas 8:30 se hizo presente en la Escuela Juana Azurduy de Padilla a objeto de impedir la posesión de la nueva Directora del Establecimiento, Prof. Rosa Chino Mamani, designada legalmente por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, a cuyo acto concurrieron la Directora Departamental, Prof. Lourdes Valencia y el Director Distrital de Educación, Prof. Armando Paco Gareca, posesión que debería producirse en reemplazo de la Prof. Martha Loayza Bernal; empero por la actitud agresiva y hostil de la procesada que no sopezó su calidad de dirigente del Magisterio, procedió a proferir insultos sacándola a empujones a la nueva Directora evitando su posesión y mellando su dignidad y honorabilidad, en franca actitud de resistencia u oposición a la posesión aludida
- PARTES: Ministerio Público c/ Wilma Amparo Plata Arnes, sedición y otros
- CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada haciendo uso de la facultad conferida por la segunda
- CONSIDERANDO: Que la procesada expresando su total disconformidad con la sentencia de instancia recurre de
- Concluye, pidiendo que el Supremo Tribunal case la Resolución Nº 73/01 de 29 de febrero
- CONSIDERANDO: Que analizadas las circunstancias y elementos del proceso, en sujeción a los límites contenidos
- Que, las diligencias de Policía Judicial que salen de fs
- Por último, el camino lógico de la sentencia de la Corte ad quem, al condenar
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
