POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª., del art. 59 de la L.O.J., de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 347 - 348 y en conformidad a lo establecido por el inc. 2º) del art. 307 del Cód. Pdto. Pen., declara INFUNDADO el recurso de casación deducido a fs. 342 - 343 vlta., con costas
- PARTES: Ministerio Público c/ Wilma Amparo Plata Arnes, sedición y otros
- CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada haciendo uso de la facultad conferida por la segunda
- CONSIDERANDO: Que la procesada expresando su total disconformidad con la sentencia de instancia recurre de
- Concluye, pidiendo que el Supremo Tribunal case la Resolución Nº 73/01 de 29 de febrero
- CONSIDERANDO: Que analizadas las circunstancias y elementos del proceso, en sujeción a los límites contenidos
- Que, las diligencias de Policía Judicial que salen de fs
- Por último, el camino lógico de la sentencia de la Corte ad quem, al condenar
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
