Auto Supremo AS/0593/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2001

Fecha: 14-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada haciendo uso de la facultad conferida por la segunda


MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff




VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Wilma Plata Arnez a fs. 342 - 343 vlta., impugnando el Auto de Vista de fs. 338 - 339 vlta. de 29 de febrero de 2001, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la comisión del delito de sedición y otros; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el requerimiento del Sr. Fiscal Adjunto de fs. 347 - 348; y

CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada haciendo uso de la facultad conferida por la segunda parte del art. 290 del Cód. Pdto. Pen., mediante Auto de Vista de fs. 338 - 339 vlta., ANULA la sentencia de primer grado de fs. 309 - 315 y en su mérito dicta sentencia condenatoria contra Wilma Amparo Plata Arnez, declarándola autora del delito previsto por el art. 123 (Sedición) del Cód. Pen., imponiéndole la pena privativa de libertad de un año (1) y seis meses (6) en reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenino de Obrajes de la ciudad y al pago de costas a favor del Estado a regularse en ejecución de fallos, se la absuelve de pena y culpa de los delitos previstos por los arts. 130 (Instigación pública a delinquir),134 (Desórdenes o perturbaciones públicas), 160 (Desobediencia a la autoridad) y 271 2ª., parte (Lesiones leves) del Cód. Pen., por existir solamente prueba semiplena, de conformidad con el art. 244 inc. 1º) del Cód. Pdto. Pen