En grado de apelación la Corte Superior de Justicia de La Paz por conducto de
En grado de apelación la Corte Superior de Justicia de La Paz por conducto de la Sala Penal Primera, pronuncia el Auto de Vista de fs. 275 y vlta., por medio del cual confirma la sentencia apelada de fs. 261 - 263; y contra cuya resolución recurre de nulidad y casación Hugo Velasco Calle a fs. 277 y vlta., acusando la infracción de los arts. 58 y 90 del Cód. Pdto. Civ.; art. 811 Parágrafo 2º) del Cód. Civ.; art. 129 del Cód. de Com., art. 48 del Reglamento de la Dirección General de Registro de Comercio y Sociedades por Acciones; solicitando al Supremo Tribunal anule obrados hasta fs. 243 por la inexistencia de personalidad expresa de parte del representante legal de la firma, o en su defecto case el Auto de Vista de fs. 275 y vlta.. determinando no haber lugar a la ejecución de la sentencia sobre daño civil
- CONSIDERANDO: Que, la Juez 4to
- En grado de apelación la Corte Superior de Justicia de La Paz por conducto de
- CONSIDERANDO: Que de una revisión retrospectiva de los documentos aparejados por la firma comercial Engels
- Resulta extemporánea la pretensión anulatoria que discurre en la preclusión de derecho, al tenor de
- Por consiguiente, no siendo evidente las infracciones de leyes acusadas y considerando que los fundamentos
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
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