Auto Supremo AS/0349/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2001

Fecha: 18-Dic-2001

a


En consecuencia, en este último parágrafo, en particular, del examen de la citada norma y de los datos del proceso, se establece:

a.-) El contrato de fs. 2, firmado entre Petronila Cabral Vda. de Terrazas y el demandante Carlos Zambrano Aguirre, demuestra que la relación jurídica contractual entre éste y el demandado, en cuyo nombre actuó aquella como mandataria -y tía de Carlos Cabral Maesse, según declara en el documento de fs. 2- comenzó a regir a partir del año 1994, conforme señala su Cláusula Primera; es decir, cuatro años antes de la iniciación de este proceso