Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0109/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0109/2001

    Fecha: 17-May-2001

    PARTES: Walter Suvelza Gómez c/ Administración Regional de Impuestos Internos

    SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

    AUTO SUPREMO No. 109-C. Tributario Sucre, 17 de mayo de 2001.

    DISTRITO: Chuquisaca

    PARTES: Walter Suvelza Gómez c/ Administración Regional de Impuestos Internos
    • PARTES: Walter Suvelza Gómez c/ Administración Regional de Impuestos Internos
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
    • CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
    • CONSIDERANDO: Que del estudio efectuado de los de la materia, se llega a establecer que
    • De los extremos reclamados en el recurso interpuesto, corresponde mencionar, respecto al recurso de casación
    • Con relación al recurso de casación en el fondo, ha de mencionarse algunos aspectos correctamente
    • 2) La facturación está expresamente reconocida por el actor
    • 3) Por disposición de lo normado en el art
    • 4) El actor, al facturar ha generado un crédito fiscal, que los compradores legítimamente han
    • Por lo que no siendo evidente la violación de las leyes acusadas en el recurso,
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
    • Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Sucre, 17 de mayo de 2001
    • roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca