POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60, atribución 1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 2322 declara, INFUNDADO, con costas, el recurso de casación de fs. 2308-2310
- PARTES: Walter Suvelza Gómez c/ Administración Regional de Impuestos Internos
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del estudio efectuado de los de la materia, se llega a establecer que
- De los extremos reclamados en el recurso interpuesto, corresponde mencionar, respecto al recurso de casación
- Con relación al recurso de casación en el fondo, ha de mencionarse algunos aspectos correctamente
- 2) La facturación está expresamente reconocida por el actor
- 3) Por disposición de lo normado en el art
- 4) El actor, al facturar ha generado un crédito fiscal, que los compradores legítimamente han
- Por lo que no siendo evidente la violación de las leyes acusadas en el recurso,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 17 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
