La afirmación contenida en el auto complementario de fs
La afirmación contenida en el auto complementario de fs. 168 y el último considerando del Auto de Vista recurrido en sentido de que debe cumplirse con un nuevo trámite en el origen de la etapa administrativa, resulta contradictoria con la nulidad de obrados dispuesta, e insuficiente o imprecisa sobre la etapa de tramitación en la que deba reiniciarse el proceso, en contravención a lo señalado por el art. 282 del Código Tributario
- AUTO SUPREMO No. 118-C. Tributario Sucre, 18 de mayo de 2001
- PARTES: Empresa Constructora "Acrópolis S.R.L." c/ Administración Regional de Impuestos Internos
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso, la Juez Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes se establece lo siguiente
- El recurrente argumenta que tanto la sentencia, su auto complementario como el auto de vista
- El petitorio de la demanda contencioso tributaria de fs
- Con estos antecedentes, resulta evidente que la sentencia, confirmada en apelación, al aplicar la norma
- La afirmación contenida en el auto complementario de fs
- Por lo que estando demostradas las infracciones acusadas por el recurrente, en observancia de lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 18 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
