Auto Supremo AS/0118/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2001

Fecha: 18-May-2001

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial en desacuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 231, ANULA obrados hasta fs. 163 inclusive, hasta el estado de dictarse nueva sentencia, la misma que deberá observar lo dispuesto en la parte final del art. 347 del Código de Procedimiento Civil. Sin responsabilidad por ser excusable