Además por disposición del art
Además por disposición del art. 22 del repetido Decreto Supremo Nro. 24463, el contribuyente quedó obligado para comunicar a la ex Dirección General de Impuestos Internos el cambio de condiciones para pertenecer al RAU, norma expresa que incumplió y por lo que mereció la imposición de sanciones previstas en el Código Tributario, más el advertido de que "el cambio de régimen es irreversible, y en consecuencia, quienes cambien al régimen impositivo general, no podrán solicitar, posteriormente, su reincorporación al RAU", según dispone el último párrafo del art. 22 señalado, y que para el presente caso, amerita estricto cumplimiento ya que el sujeto pasivo habilitó su actividad en el "régimen general" bajo el RUC Nro. 4529138, sin que haya efectuado posteriormente ninguna solicitud de cambio de régimen
- AUTO SUPREMO No. 122-C. Tributario Sucre, 24 de mayo de 2001
- PARTES: Juan Carlos Quiroga Verdum c/ Administración Regional de Impuestos Internos Tarija
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que en el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, pruebas aportadas por el propio contribuyente
- Lo expuesto, permite concluir que la condición de contribuyente al régimen general del demandante, pese
- Además por disposición del art
- Finalmente, al tratarse de un comercializador de carne de pollos y sus derivados en el
- Consecuentemente, al no ser cierta la violación de leyes así acusadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 24 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
