Auto Supremo AS/0122/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2001

Fecha: 24-May-2001

Además por disposición del art


Además por disposición del art. 22 del repetido Decreto Supremo Nro. 24463, el contribuyente quedó obligado para comunicar a la ex Dirección General de Impuestos Internos el cambio de condiciones para pertenecer al RAU, norma expresa que incumplió y por lo que mereció la imposición de sanciones previstas en el Código Tributario, más el advertido de que "el cambio de régimen es irreversible, y en consecuencia, quienes cambien al régimen impositivo general, no podrán solicitar, posteriormente, su reincorporación al RAU", según dispone el último párrafo del art. 22 señalado, y que para el presente caso, amerita estricto cumplimiento ya que el sujeto pasivo habilitó su actividad en el "régimen general" bajo el RUC Nro. 4529138, sin que haya efectuado posteriormente ninguna solicitud de cambio de régimen