Auto Supremo AS/0122/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2001

Fecha: 24-May-2001

CONSIDERANDO: Que en el recurso de nulidad de fs


CONSIDERANDO: Que en el recurso de nulidad de fs. 109-110, el recurrente: Juan Carlos Quiroga Verdum, acusó que el Auto de Vista violó los arts. 265 del Código Tributario, 1ro. y siguientes del Decreto Supremo Nro. 24603 y 397 del Código de Procedimiento Civil, por haber incurrido el ad quem en error de hecho y de derecho, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, debido a que no apreció ni valoró las pruebas que presentó y, principalmente, porque la certificación de fs. 55, emitida por el sujeto activo referida a que no se encuentra inscrito en ningún régimen, fue desvirtuada con la acreditación de su RUC que cursa a fs. 57, añadiendo que el ad quem interpretó incorrectamente las disposiciones legales que rigen la actividad avícola, ya que no consideró que el art. 34 del Decreto Supremo Nro. 24463, de 27 de diciembre de 1996, disponía: "sustitúyase la expresión Régimen Rural Unificado contenido en el numeral 13 del art. 1ro. del Decreto Supremo Nro. 24052, de 29 de junio de 1995 y el art. 10 del Decreto Supremo Nro. 21532 (texto ordenado vigente) por la expresión "Régimen Agropecuario Unificado", que en este caso, le facultaba para acogerse al Régimen Agropecuario Unificado "RAU", sin que la exclusión prevista en el art. 7 del Decreto Supremo citado, le alcance a su actividad, pues dice, se debe entender que el proceso de la actividad avícola concluye con la comercialización de carnes