POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs.913, declara INFUNDADO el recurso de nulidad o casación de fs. 902-903, con costas
- AUTO SUPREMO No. 123-C. Tributario Sucre, 24 de mayo de 2001
- PARTES: Empresa "Granos del Sur" S.A. c/ Administración Regional de Impuestos Internos Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que en el recurso de nulidad o casación se acusó que la demanda de
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, se establecen los extremos siguientes
- 2
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- Consecuentemente, el ad quem al confirmar la sentencia dictada por el a quo, obro y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 24 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
