Auto Supremo AS/0141/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2001

Fecha: 06-Jul-2001

El segundo proceso contencioso tributario, mereció el Informe de fecha 6 de diciembre de 1994


El segundo proceso contencioso tributario, mereció el Informe de fecha 6 de diciembre de 1994 (fs. 377-379, 2do. cuerpo), refiriendo que los Estatutos de COSETT no merecieron ninguna modificación y que más bien persistía la distribución de excedentes entre sus asociados, por lo que opinaba que se debía mantener firme su deuda por el IRPE por las gestiones fiscales de 1986, 1987 y 1988, ya que las gestiones fiscales 1989 a 1993 estaban sujetas a auditoría impositiva y con determinación de oficio iniciado mediante otro proceso, en cuyo caso, el sujeto activo, con la Resolución Determinativa Nro. 451/94, de fecha 13 de diciembre de 1994 (fs. 380-382, 2do. cuerpo) "reliquidando" el IRPE de los períodos fiscales de 1986 a 1988, "determinó" el monto adeudado en Bs. 2.807.330.- y la sanción del 50% por el delito de evasión