Auto Supremo AS/0146/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2001

Fecha: 20-Jul-2001

CONSIDERANDO: Que doctrinalmente la notificación es considerada como la acción y efecto de hacer saber


CONSIDERANDO: Que doctrinalmente la notificación es considerada como la acción y efecto de hacer saber a un litigante o parte interesada en un juicio, - cualquiera su índole, - o a sus representantes, etc., una resolución judicial u otro acto del procedimiento, para que ésta actúe conforme corresponda. Por ende, la falta o mala notificación - denunciada expresamente por el demandante y recurrente - afecta de manera directa en sus derechos, dejándolo en estado de indefensión, supuesto éste por el cual la exigencia de ciertos requisitos indispensables para considerar válida una notificación