La actora, en estado de gravidez, continuó trabajando durante el período prenatal, conforme evidencia la
Estos extremos se corroboran por lo siguiente:
La actora, en estado de gravidez, continuó trabajando durante el período prenatal, conforme evidencia la carta notariada de fecha 7 de enero de 1994 (fs. 57), mediante la cual solicitó compensación de los días de prenatalidad que no le fueron concedidos, por el requerimiento de trabajos extraordinarios de interés de la empresa demandada
- AUTO SUPREMO No. 180-Social Sucre, 16 de agosto de 2001
- PARTES: Gina Verónica Rodo Baspineiro c/ Empresa "SERMAQ" S.R.L
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que analizado el recurso de casación, y del examen de los antecedentes procesales y
- La actora, en estado de gravidez, continuó trabajando durante el período prenatal, conforme evidencia la
- El nacimiento de la hija de la actora fue el día 26 de noviembre de
- La empresa demandada, contradictoriamente alegó que la actora no fue despedida y que más bien
- Finalmente, se establece que la nulidad de obrados solicitada por la empresa demandada debido a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 16 de Agosto de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
