Auto Supremo AS/0017/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2002

Fecha: 17-Ene-2002

CONSIDERANDO: Que, en el Derecho Penal Moderno rige el principio de que no hay pena


CONSIDERANDO: Que, en el Derecho Penal Moderno rige el principio de que no hay pena sin culpabilidad, "nullum crimen sine culpa", axioma indiscutible en el ámbito penal y es bajo esa óptica que el Código Penal Boliviano lo aplica en su art. 13, el mismo que ha sido considerado en su contenido y alcance por la Corte de alzada. Por lo expuesto, al descubrir la verdad de los hechos la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, ha procedido con absoluto apego a la justicia y equidad, principios rectores que garantizan los derechos procesales en el desarrollo del litigio; en tal virtud, es del caso dar aplicación al art. 307-2) del Código Adjetivo Penal