PARTES : Cooperativa Multiactiva San Pedro Ltda.c/ Alberta Reyes de Rodríguez
PARTES : Cooperativa Multiactiva San Pedro Ltda.c/ Alberta Reyes de Rodríguez
- AUTO SUPREMO N° 23. Sucre, 25 de enero de 2002
- DISTRITO : Cochabamba. JUICIO : Ordinario-Reivindicación
- PARTES : Cooperativa Multiactiva San Pedro Ltda.c/ Alberta Reyes de Rodríguez
- RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia pronunciada por el a quo, la que
- Contra esta resolución de segunda instancia, la demandada recurre de casación
- La recurrente se limita a señalar que los Sres
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación se encuentra considerado como una demanda nueva de puro
- Al incumplimiento de los requisitos previstos por el precitado art
- Estos supuestos vicios que acusa la demandada no fueron observados oportunamente ante el juez a
- Por lo expuesto, es del caso aplicar al recurso la improcedencia prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 25 de enero de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernandez
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
