Auto Supremo AS/0054/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054/2002

Fecha: 31-Ene-2002

b


b.-) Respecto a la violación de los arts. 373 y 397 del Adjetivo Civil, sobre la falta de análisis de las pruebas cursantes a fs. 149 a 195, debemos señalar en primer lugar que la apreciación y valoración de la prueba por parte de los jueces de grado es incensurable en casación, a menos que en su consideración éstos hubieran incurrido en algún error de derecho o de hecho, éste último demostrado con documentos auténticos que acrediten la manifiesta equivocación del juzgador