POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara INFUNDADO el recurso, con costas. Se regula el honorario de abogado en la suma de bolivianos seiscientos, que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
- AUTO SUPREMO N° 302 Sucre, 11 de octubre de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Mejor derecho de propiedad, acción reivindicatoria, negatoria,
- CONSIDERANDO: En la vía ordinaria, Alfonso Gullón y Elena Rosario Saavedra Herrera, demandan declaratoria de
- La Corte de Alzada en conocimiento del recurso, confirma la sentencia apelada, motivando que los
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función a las normas acusadas en
- En cuanto al art
- En efecto, la norma prevista por el art
- En definitiva, los recurrentes no han demostrado en obrados que el acta de embargo se
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 11 de octubre de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
