CONSIDERANDO: Que ROLANDO AROSTEGUI QUIROGA por memorial de fs
VISTOS EN SALA PLENA: Los antecedentes, la solicitud de fs. 118, el requerimiento de fs. 293-295 y el Informe presentado por el Ministro Tramitador Dr. Carlos Carlos Rocha Orosco.
CONSIDERANDO: Que ROLANDO AROSTEGUI QUIROGA por memorial de fs. 118 acompañando la documentación de fs. 115-117, opone la excepción de prescripción contra la acción penal que se le sigue por presunto delito de encubrimiento, señalando que tiene una pena que fluctúa entre 4 y 6 años, que el plazo para la prescripción del mismo es de 8 años computables desde la fecha que fue designado Prefecto del Departamento de Santa Cruz y que la Sentencia Constitucional 1143/2000-R dispone la aplicación del nuevo régimen de prescripción para los casos antiguos en liquidación; por lo que según el art. 29 inc. 1º) del Código de Procedimiento Penal vigente, la acción penal seguida en su contra, habría prescrito
- PROCESO : Juicio de Responsabilidades
- PARTES : H. Cámara de Diputados c/ Rolando Arostegui Quiroga y otros
- CONSIDERANDO: Que ROLANDO AROSTEGUI QUIROGA por memorial de fs
- Que el presente proceso se inició en aplicación del art
- CONSIDERANDO: Que desde el 5 de agosto de 2002, se encuentra vigente la Ley Nº
- Que al respecto, las Sentencias Constitucionales Nºs
- Que estando substanciando el presente trámite conforme a las previsiones de la Constitución Política del
- Que así delimitado el marco en el cual se hará la adecuación dispuesta por Ley,
- CONSIDERANDO: Que con referencia a la excepción de prescripción planteada por el imputado ROLANDO AROSTEGUI
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
- No intervienen el Decano Kenny Prieto Melgarejo y el Ministro Héctor Sandoval Parada, por encontrarse
- Regístrese y hágase saber
- Secretario de Cámara de Sala Plena
