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    Auto Supremo AS/0096/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0096/2002

    Fecha: 05-Dic-2002

    No intervienen: el Decano Kenny Prieto Melgarejo, quien manifestó su excusa, amparado en el numeral


    No intervienen: el Decano Kenny Prieto Melgarejo, quien manifestó su excusa, amparado en el numeral 1) Art. 3° de la Ley N° 1760, con relación al abogado de FANCESA, quien es su hermano; ni el Ministro Jaime Ampuero García, quien manifestó su excusa, amparado en la causal 4) del Art. 3° de la Ley 1760, con relación a la recusante, las mismas que se las declara legales
    • CONSIDERANDO: Que la recurrente amparada en los Arts
    • CONSIDERANDO: Que conforme dispone el Art
    • En el caso presente, se establece que la recusante María Antonieta Jáuregui de Argandoña, carece
    • Por consiguiente, careciendo el recurso de legitimidad en la presentante y al no honrar el
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Excma
    • No intervienen: el Decano Kenny Prieto Melgarejo, quien manifestó su excusa, amparado en el numeral
    • Regístrese y hágase conocer
    • 1

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