3
Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff
Dr. Héctor Sandoval Parada
Sucre 4 de febrero de 2002
Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
3
- CONSIDERANDO: Que, en virtud del Auto Supremo anulatorio N° 183, saliente en los folios 190-191
- Contra el anotado Auto de Vista recurre de casación el incriminado Celso Sanguino Cruz, acusando
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, la valoración de los elementos de juicio es incensurable en casación, si no se
- Por lo expuesto, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija
- En cuanto, a las infracciones acusadas en el recurso interpuesto, tampoco son evidentes, ya que
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- 3
