CONSIDERANDO: Que sometido al examen las impugnaciones del recurso de casación señalado al exordio en
CONSIDERANDO: Que sometido al examen las impugnaciones del recurso de casación señalado al exordio en relación a los fundamentos de los fallos emitidos por los tribunales inferiores, y dentro del marco de garantías procesales que informan el expediente, se desprende con firmeza jurídica lo siguiente:
1º. Que en fecha 22 de agosto de 1998, la menor Jaquelín Yarari Herrera de escasos 11 años de edad, alumna del 3er. Curso Básico de la Escuela Gualberto Villarroel, se extravió en las inmediaciones del Barrio CORDECRUZ
- CONSIDERANDO: Que a fs
- CONSIDERANDO: Que Reimundo Yarari Tilila con los fundamentos contenidos en su memorial de fs
- CONSIDERANDO: Que sometido al examen las impugnaciones del recurso de casación señalado al exordio en
- 2º
- 3º
- CONSIDERANDO: Que los tribunales inferiores en la valoración del conjunto de los medios probatorios, en
- Es pertinente precisar, que en materia de retroactividad de la Ley, la Constitución en su
- Así, expuesto el panorama del cuadro delictivo, cuya acusación en contra del incriminado Juan Carlos
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
