Auto Supremo AS/0100/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2002

Fecha: 02-Mar-2002

Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs. ochocientos


En este caso, tampoco concurre ninguna de las causas que hacen procedente el recurso de casación en la forma.

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 271-2 y 273 del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo e IMPROCEDENTE el de casación en la forma, deducidos por los demandados Felix Colque Mamani e Hilaria Alvis Chumacero a fs. 414-418; con costas, que se harán cumplir por el ad quem.

Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs. ochocientos