Auto Supremo AS/0118/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2002

Fecha: 04-Abr-2002

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 477-479, y conforme al art. 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, concordante con el art. 307 numeral 2) del Cuerpo Adjetivo Penal, declara INFUNDADOS los recursos de casación deducidos a fs. 453-459; 461-464; 466-468 de obrados, sin costas por ser recurso doble