Auto Supremo AS/0150/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2002

Fecha: 22-Abr-2002

CONSIDERANDO: Que efectivamente el objeto del proceso se explica por su teleología, por cuanto es


CONSIDERANDO: Que efectivamente el objeto del proceso se explica por su teleología, por cuanto es el mecanismo o medio idóneo para la consecución de los derechos que la ley sustantiva concede a los sujetos o personas. Y cuando surge un conflicto de derechos, éste se resuelve por los órganos jurisdiccionales en la forma que determinan las leyes de la República, asimismo, cuando existe concurrencia de derechos, por cuanto nadie puede hacerse justicia por sí mismo. Así se obtiene del contenido y aplicación de los arts. 91 del Cód. de Pdto. Civ., 1281, 1280 y 1282-I) del Cód. Civ