Auto Supremo AS/0150/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2002

Fecha: 22-Abr-2002

Que es motivo de casación en el fondo según disposición del ordinal 3°) del art


Que es motivo de casación en el fondo según disposición del ordinal 3°) del art. 253 del Cód. de Pdto. Civ., cuando en el fallo se incurre en errores de derecho o de hecho en la apreciación de la prueba, particularmente en este último si se demuestra la equivocación manifiesta del juzgador como ocurre en la especie, cuando desconoce el inferior el derecho de dominio sobre el lote en disputa y su ubicación que le acuerdan las escrituras públicas, así como la propia actividad desplegada por el reconventor que vino en ocuparlo para pretender su adquisición a base de prescripción adquisitiva extraordinaria o treintañal