Que, la pena impuesta por los Tribunales de instancia está de acuerdo con los límites
Que, la pena impuesta por los Tribunales de instancia está de acuerdo con los límites de discrecionalidad que confiere la ley al juzgador, discrecionalidad que a decir de la doctrina no es libre, pues la misma debe estar jurídicamente vinculada a lo que establecen los arts. 25, 27-1), 37 y 38 del Código Penal, es en ese sentido que se ha impuesto la sanción al procesado Julio Canaviri Franco, considerando además el principio de culpabilidad, de tal modo que se garantice tanto la función retributiva en relación con el contenido del injusto, protegiendo a la comunidad frente al delincuente, de donde resulta que la Corte de apelación no ha podido menos que confirmar la sentencia de primer grado
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal a-quo a fs
- Que, elevado el procesado en grado de apelación el Tribunal de alzada a fs
- Contra dicho Auto de Vista recurre de nulidad y casación el procesado Julio Canaviri Franco,
- Que por mandato del art
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En el sub-lite, el recurrente no ha demostrado el error ni la violación de las
- Que, la pena impuesta por los Tribunales de instancia está de acuerdo con los límites
- CONSIDERANDO: Que, por lo expuesto y fundamentado, se establece que los Tribunales de instancia, al
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y hágase saber
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