Respecto a la supuesta violación de los arts
Respecto a la supuesta violación de los arts. 498 y 501 del Código de Comercio, arts. 822, 824, 828, 732, 746 y 1305 del Código Civil, 7 - j) y 162 de la C.P.E., es de señalar que los mismos no se consideran por cuanto el recurrente omitió señalar en cada caso en que consisten las violaciones que acusa ya que no basta citar leyes como presuntamente violadas, sino que es menester fundar en que consiste la violación, la errónea interpretación o la indebida aplicación en que ha incurrido el tribunal ad quem, debiendo además expresar cómo y de qué manera debía aplicarse la preceptiva que sirvió de marco legal para la decisión
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Pago de honorarios y otros
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO
- CONSIDERANDO: En cuanto al recurso en la forma, no es evidente que el tribunal ad
- En cuanto al recurso en el fondo, respecto a la violación del art
- En efecto, el recurrente únicamente ha demostrado que los de grado al declarar probada la
- Respecto a la supuesta violación de los arts
- POR TANTO
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 10 de junio de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
