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    Auto Supremo AS/0212/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0212/2002

    Fecha: 14-Jun-2002

    Regístrese y devuélvase


    Regístrese y devuélvase
    • AUTO SUPREMO No. 212-Social Sucre, 14 de junio de 2002
    • PARTES: José Luis Eyzaguirre López c/ Hernán Polo Espinoza
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
    • VISTOS: El recurso de nulidad de fs
    • CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas aportadas, se concluye que
    • 2
    • Los hechos así expuestos ameritan certidumbre a la observación del art
    • Todo lo expuesto no fue compulsado ni valorado por el Juez A quo ni por
    • Consecuentemente, al ser ciertas las acusaciones de violación explanadas en el recurso, corresponde aplicar el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Para resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr. Carlos Tovar Gützlaff
    • Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Dr. Carlos Tovar Gützlaff
    • Sucre, 14 de junio de 2002
    • roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.

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